El 1 de abril entra en vigor el nuevo sistema de partes de baja por IT
El próximo 1 de abril entra en vigor el nuevo sistema de gestión de los partes de baja por incapacidad temporal que supone, entre otros, el fin de la obligación de los trabajadores de librar el parte de baja a su empresa.
La norma establece estas cuatro novedades (RD 1060/2022, de 27 de diciembre):
1.- El trabajador ya no tendrá que librar el parte de baja
Las personas trabajadoras ya no tendrán que librar el parte de baja y/o de alta a sus empresas.
Pero es recomendable que los trabajadores siguieran informando sus empresas del inicio de este tipo de situaciones.
2.- Comunicación entre empresa y Administración
Mediante medios electrónicos, la Administración comunicará directamente a la empresa, la expedición de los partes médicos.
3.- Revisiones médicas
En cualquier de los procesos de *IT, el médico podrá fijar la correspondiente revisión médica en un periodo inferior al indicado en cada caso.
4.- Procesos en curso
El RD se aplicará a los procesos que a fecha 1 de abril (fecha de entrada en vigor) se encuentren en curso si no han superado los 365 días de duración.
En este sentido, la Seguridad Social ha aclarado que cuando entre en vigor la medida, la forma que
tendrán las empresas de recibir los datos relativos a los partes médicos de *IT será a través de los Ficheros INSS Emprendidas que permiten conocer a diario a cada empresa la situación de sus trabajadores respecto de las prestaciones de Seguridad Social que puedan generar. Estos ficheros se reciben y se gestionan por *DSV ASOCIADOS directamente para todas aquellas empresas que se preste el servicio de Gestión Laboral y de las que seamos autorizados a la Seguridad Social.