Máximo pago en metálico

El Banco de España avisa que otra restricción se aplica al momento de pagar en efectivo. Dirigida la multa tanto para el pagador como para el cobrador, se sanciona con el 25% del pago realizado de forma “ilegal”.

“Desde el 11 de julio de 2021, no pueden pagarse en efectivo las operaciones de un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, en el caso de los pagos en los que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional. Este importe se eleva a 10.000 euros en el caso de que el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional”, señala el Banco de España.

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